Horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos. Andalucía
ANDALUCÍA HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE conforme a Decreto 155/2018 A partir de 4 de agosto de 2018 Pueden sufrir variaciones en determinadas zonas acústicas o de interés turístico según normativa municipal |
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ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Incluidos los que se encuentren en vía pública, zonas de dominio público incluido maritímoterrestres (chiringuitos) o servidumbre de protección |
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Apertura |
Cierre |
Viernes, sábado y vísperas de festivo |
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SIN MÚSICA Bares, restaurantes, cafeterías, quiosco-bar, hostelería en vehículos (Full Tracks) |
06:00 |
02:00 |
03:00 |
CON MÚSICA Bares, restaurantes, cafeterías con música, pubs, hostelería en vehículos (Full Tracks) sin restricción de acceso por edad |
06:00 |
02:00 |
03:00 |
ESPECIALES CON MÚSICA Igual que el anterior, con restricción de acceso por edad, Pubs y bares con música |
12:00 |
03:00 |
04:00 |
TERRAZAS Y VELADORES |
Determinados por los Ayuntamientos Nunca superior a sus horarios y cierre a las 02:30 horas |
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CONCIERTOS DE PEQUEÑO FORMATO Incluso en terrazas y veladores |
15:00 |
00:00 |
00:00 |
Determinados por los Ayuntamientos |
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ESTABLECIMIENTOS DE OCIO Y ESPARCIMIENTO |
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Apertura |
Cierre |
Viernes, sábado y vísperas de festivo |
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ESPARCIMIENTO Discotecas y salas de fiesta, con restricción de acceso por edad |
12:00 |
06:00 |
07:00 |
ESPARCIMIENTO PARA MENORES Discotecas de juventud |
12:00 |
00:00 |
01:00 |
SALONES DE CELEBRACIONES |
12:00 |
06:00 |
07:00 |
TERRAZAS Y VELADORES |
Determinados por los Ayuntamientos Nunca superior a sus horarios y cierre a las 02:30 horas |
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CONCIERTOS DE PEQUEÑO FORMATO Incluso en terrazas y veladores |
El mismo horario que el del establecimiento |
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ESTABLECIMIENTOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS |
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Apertura |
Cierre |
Viernes, sábado y vísperas de festivo |
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Cines, teatros y auditorios |
La última sesión comenzará como máximo a la 01:00 |
a las 02:00 |
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En caso de ser única sesión, cerrará a las 02:00 |
a las 03:00 |
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Circos, plazas de toros y establecimientos de espectáculos deportivos |
06:00 |
02:00 |
03:00 |
OTROS ESTABLECIMIENTOS DE ACTIVIDADES RECREATIVAS |
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Apertura |
Cierre |
Viernes, sábado y vísperas de festivo |
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Recreativos infantiles |
06:00 |
00:00 |
01:00 |
Actividades deportivas, culturales y sociales, zoológicas, botánicas y geológicas |
Determinados por los Ayuntamientos |
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No antes de las 06:00 |
Como máximo a las 02:00 |
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Recintos feriales y verbenas populares |
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De iniciativa municipal |
Libremente determinado por el Ayuntamiento |
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De iniciativa privada |
Determinados por los Ayuntamientos |
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No antes de las 06:00 |
Como máximo a las 02:00 |
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Establecimientos especiales para festivales |
Libremente determinado por el Ayuntamiento |
Puede ser de interés consultar los siguientes artículos del Decreto 155/2018
Artículo 20. Otras especificaciones en materia de horarios.
Artículo 21. Desalojo.
Artículo 22. Horarios de las terrazas y veladores de los establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.
Artículo 23. Ampliación municipal de horarios generales de cierre.
Artículo 24. Restricción municipal de horarios generales de apertura y cierre.
Artículo 25. Régimen especial de horarios de cierre de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.
Artículo 26. Régimen especial de horarios de cierre de las terrazas y veladores de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.
Artículo 27. Otros regímenes especiales de horarios de establecimientos de hostelería.
Artículo 28. Normas comunes a los establecimientos de hostelería acogidos a horario especial.
Artículo 29. Información del horario de apertura y cierre del establecimiento público.