Horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos. Andalucía

ANDALUCÍA

HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE conforme a Decreto 155/2018

A partir de 4 de agosto de 2018

Pueden sufrir variaciones en determinadas zonas acústicas o de interés turístico según normativa municipal

ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA

Incluidos los que se encuentren en vía pública, zonas de dominio público incluido maritímoterrestres (chiringuitos) o servidumbre de protección

 

Apertura

Cierre

Viernes, sábado y vísperas de festivo

SIN MÚSICA Bares, restaurantes, cafeterías, quiosco-bar, hostelería en vehículos (Full Tracks)

06:00

02:00

03:00

CON MÚSICA Bares, restaurantes, cafeterías con música, pubs, hostelería en vehículos (Full Tracks) sin restricción de acceso por edad

06:00

02:00

03:00

ESPECIALES CON MÚSICA Igual que el anterior, con restricción de acceso por edad, Pubs y bares con música

12:00

03:00

04:00

TERRAZAS Y VELADORES

Determinados por los Ayuntamientos

Nunca superior a sus horarios y cierre a las 02:30 horas

CONCIERTOS DE PEQUEÑO FORMATO

Incluso en terrazas y veladores

15:00

00:00

00:00

Determinados por los Ayuntamientos

 

ESTABLECIMIENTOS DE OCIO Y ESPARCIMIENTO

 

Apertura

Cierre

Viernes, sábado y vísperas de festivo

ESPARCIMIENTO Discotecas y salas de fiesta, con restricción de acceso por edad

12:00

06:00

07:00

ESPARCIMIENTO PARA MENORES Discotecas de juventud

12:00

00:00

01:00

SALONES DE CELEBRACIONES

12:00

06:00

07:00

TERRAZAS Y VELADORES

Determinados por los Ayuntamientos

Nunca superior a sus horarios y cierre a las 02:30 horas

CONCIERTOS DE PEQUEÑO FORMATO

Incluso en terrazas y veladores

El mismo horario que el del establecimiento

       

ESTABLECIMIENTOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

 

Apertura

Cierre

Viernes, sábado y vísperas de festivo

Cines, teatros y auditorios

La última sesión comenzará como máximo a la 01:00

a las 02:00

 

En caso de ser única sesión, cerrará a las 02:00

a las 03:00

Circos, plazas de toros y establecimientos de espectáculos deportivos

06:00

02:00

03:00

       

OTROS ESTABLECIMIENTOS DE ACTIVIDADES RECREATIVAS

 

Apertura

Cierre

Viernes, sábado y vísperas de festivo

Recreativos infantiles

06:00

00:00

01:00

Actividades deportivas, culturales y sociales, zoológicas, botánicas y geológicas

Determinados por los Ayuntamientos

No antes de las 06:00

Como máximo a las 02:00

Recintos feriales y verbenas populares

     

De iniciativa municipal

Libremente determinado por el Ayuntamiento

De iniciativa privada

Determinados por los Ayuntamientos

No antes de las 06:00

Como máximo a las 02:00

Establecimientos especiales para festivales

Libremente determinado por el Ayuntamiento

VER ANTERIORES HORARIOS EN ANDALUCÍA

Puede ser de interés consultar los siguientes artículos del Decreto 155/2018

Artículo 20. Otras especificaciones en materia de horarios.

Artículo 21. Desalojo.

Artículo 22. Horarios de las terrazas y veladores de los establecimientos de hostelería y de ocio y esparcimiento.

Artículo 23. Ampliación municipal de horarios generales de cierre.

Artículo 24. Restricción municipal de horarios generales de apertura y cierre.

Artículo 25. Régimen especial de horarios de cierre de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.

Artículo 26. Régimen especial de horarios de cierre de las terrazas y veladores de establecimientos de hostelería en municipios turísticos y zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales.

Artículo 27. Otros regímenes especiales de horarios de establecimientos de hostelería.

Artículo 28. Normas comunes a los establecimientos de hostelería acogidos a horario especial.

Artículo 29. Información del horario de apertura y cierre del establecimiento público.