Exalcaldesa de Cáceres condenada a 2 años de prisión por inacción

La exalcaldesa de Cáceres condenada a 2 años de prisión por no actuar con diligencia a la hora de atajar los ruidos.

Diario HOY, Extremadura

 

La condena a Carmen Heras abre un escenario nuevo

Imagen de archivo de La Madrila, la histórica zona de ocio nocturno de la capital cacereña. :: hoy/
Imagen de archivo de La Madrila, la histórica zona de ocio nocturno de la capital cacereña. :: hoy 

La justicia extremeña ya falló antes contra políticos por no atajar el ruido, pero la exalcaldesa cacereña es quien ha recibido la mayor condena

A.A.CÁCERES.Domingo, 28 enero 2018, 00:25

Cuando 'Faunos', la primera discoteca de Cáceres, abrió sus puertas en el barrio de La Madrila a principios de los años setenta, las leyes españolas ni siquiera contemplaban la posibilidad de que el ruido pudiera ser motivo de delito. Este concepto se incorporó al Código Penal en 1995. Veintitrés años después, un político extremeño es condenado a dos años de prisión por no actuar con la diligencia debida a la hora de atajar los ruidos, según la sentencia emitida el pasado día 15 por el Juzgado de lo Penal número dos de Cáceres, que no es firme y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial.

Antes que Carmen Heras (regidora socialista de Cáceres entre los años 2007 y 2011), otros alcaldes de la comunidad autónoma fueron considerados culpables en los tribunales por no atajar a tiempo el problema de la contaminación acústica. A alguno le cayó pena de prisión, pero ninguno fue condenado a dos años de pena privativa de libertad. Heras no es la primera a la que se asocian en la misma frase las palabras ruido y cárcel, pero sí la que ha recibido la mayor condena. Y eso abre un escenario nuevo.

El reguero de casos que han salido a la luz pública en los que la administración ha tenido que sentarse en el banquillo de los acusados por denuncias vecinales asociadas al ruido de locales de ocio comienza poco después del cambio de siglo. En junio del año 2003, el TSJEx (Tribunal Superior de Justicia de Extremadura) admitió la denuncia presentada unos meses antes por Aedar, la Asociación Extremeña de Afectados por los Ruidos que tenía su sede en Mérida. Hubo sentencias favorables al consistorio de la capital autonómica, al que eximían de responsabilidad, y otras, ante diferentes instancias, que dieron la razón a los argumentos del colectivo.

Otros alcaldes fueron condenados a penas de cárcel, pero ninguno a más de un añoEl caso cacereño pone sobre aviso no solo a los políticos, sino también a los empresarios

Al año siguiente, el Juzgado número uno de Badajoz condenó a Emilio Gómez, exalcalde de Villanueva del Fresno por SIEX (Socialistas Independientes de Extremadura), a un año de prisión y siete de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, al considerarle autor de un delito de prevaricación medioambiental por no cerrar un bar que sobrepasaba el nivel legal de ruido. La Audiencia Provincial de Badajoz ratificó el fallo de primera instancia, que también condenaba a dos años de cárcel a la dueña del negocio. Además, entre ella y el exregidor debían pagar doce mil euros al denunciante. Este caso ya supuso un punto de inflexión, al ser uno de los primeros enjuiciados por la vía penal en vez de por la contencioso-administrativa.

Por hechos similares, en febrero del año 2007 el Juzgado de lo penal número uno de Badajoz condenó a Juan Luis Rey Pérez, exalcalde socialista de Talavera la Real, a un año de cárcel y ocho sin poder ejercer cargo público. El dueño de una discoteca fue sentenciado a dos años de prisión, además de a indemnizar con siete mil euros al matrimonio que padeció los ruidos, que también, según la sentencia, debía recibir otros siete mil euros del exregidor.

Indemnizaciones a vecinos

Otro ayuntamiento que conoce de primera mano los problemas que se pueden derivar del ruido que emiten los locales de ocio es el de Plasencia, que en el año 2011 fue condenado a pagar doce mil euros a cada uno de los cuatro vecinos de una calle del centro histórico por las molestias que les ocasionaba el ruido procedente de un local de ocio que solía cerrar sus puertas más tarde de la hora legal. Por unos hechos similares, el consistorio de Villanueva de la Vera tuvo que indemnizar con doce mil euros a dos vecinas del municipio.

En abril del año 2015, Enrique González, alcalde de Madroñera por el SIEX, tuvo que dimitir para cumplir la sentencia que le inhabilitaba para ejercer cargo público durante siete años por no actuar ante las reiteradas quejas vecinales por las molestias que les ocasionaban los ruidos originados por locales de ocio nocturno.

El último caso conocido en la región no tiene a un alcalde como investigado, sino a dos. En concreto, a José Agustín Tovar (PP) y José Bonifacio Sánchez (PSOE), que el pasado mes de junio fueron declarados culpables de un delito de prevaricación, en su modalidad de comisión por omisión, por no atender las denuncias formuladas por una vecina de Jaraíz de la Vera. El juzgado penal de Plasencia condenó a los dos políticos a siete años de inhabilitación y a indemnizar a la denunciante con treinta mil euros, a abonar entre los dos.

Los precedentes, pues, dejan claro que Carmen Heras es quien ha recibido la mayor condena, por lo que su caso supone un punto de inflexión. Pero no solo para los alcaldes, sino también para los empresarios. En el caso de Cáceres, once han recibido penas que van de los dos años y tres meses de privación de libertad a los dos años y nueve meses. Está por ver si finalmente ingresan en prisión. Lo hagan o no, el hecho de haber sido sentenciados a más de dos años abre un escenario hasta ahora desconocido en el complejo puzzle legal de los conflictos por ruidos en Extremadura.